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UN POCO DE HISTORIA ...
El Colegio de Ingenieros de Venezuela se instala el 28 de Octubre de 1861, en virtud del Decreto del Presidente de la República Manuel Felipe Tovar, de fecha 24 de Octubre de 1860, en el cual a la vez reglamenta a la Academia de Matemáticas y se crea el Colegio de Ingenieros; en este acto estaban presentes 22 ingenieros de los 61 que inicialmente habrían de integrarlo, pues eran muy pocos los hombres consagrados a esta profesión, que en el curso de nuestra historia se han identificado con todas las tareas del desarrollo de Venezuela. Desde entonces, es largo el camino andado, que culmina con más de 170.000 ingenieros, arquitectos y profesionales afines que hoy integran el CIV.
La creación del Colegio de Ingenieros obedece a recomendación efectuada por el Ing. Olegario Meneses en informe elaborado en el año 1844 y acogida por el Ministerio de Guerra y Marina. El Acta de la Junta preparatoria del Colegio de Ingenieros, la cual se efectuó el 27 de Octubre, día anterior a su instalación, la cual se efectuó en la sede del Colegio de Santa María, situado entre la Esq. de Veroes a Jesuitas. El Director es el Comandante de Ingenieros Juan José Aguerrevere y como Secretario el Teniente de Ingenieros, Francisco de Paula Acosta.
EL GOBERNADOR DEL ESTADO CARABOBO CORONEL RICARDO ARROLLO LUDERT, FIRMA LA DOCUMENTACIÓN QUE OTORGA LOS TERRENOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL COLEGIO DE INGENIEROS
En un sencillo acto celebrado en el despacho del Gobernador del Estado, Coronal Ricardo Arrollo Lubert, se efectuó ayer la firma de los documentos que legalizan la donación hecha por le Ejecutivo regional de los terrenos al Colegio de Médicos e Ingenieros respectivamente.
Para la Firma de estos documentos viajo viajo expresamente de Caracas el Dr. Pascual Paoli Chalbaud, Presidente del colegio de Ingenieros de Venezuela quien llego acompañado de los Dres. Rafael Raga y José Alayeto, Vicepresidente y Secretario respectivamente al acto asistieron distinguidas personalidades del tren administrativo del Estado además de integrantes de los gremios de Ingenieros y médicos Carabobeño Ademas del Coronel Arrollo Ludert y del Secretario de Gobierno Dr. L.R. Medina Iturbe, firmaron, por los ingenieros el Dr. Paoli Chalbaud.
Al finalizar el acto el Gobernador su satisfacción por haber sido durante su mandato cuando tal Donación a sido hecha y significó la importancia que reviste para Valencia de ese tipo de corporaciones, que ayudan al engrandecimiento de la ciudad en todos su aspectos.
El Dr. Paoli Chalbaud en nombre de los Ingenieros y el Dr. F. de J. Díaz, en representación de los medicos agradecieron el gestos del Gobernador Carabobeño al hacer tal donación.
MODELO DEL ACTA FIRMADA
CORONEL RICARDO ARROLO LUDERT Gobernador del Estado Carabobo En uso de sus atribuciones legales.
CONSIDERANDO
Que la Asamblea Legislativa del Estado Carabobo autorizó a este Ejecutivo para donar al colegio de Ingenieros de Venezuela una extensión de terreno propiedad del Estado, con el fin de que allí se construya el edificio que servirá como sede al Centro de Ingenieros de Carabobo
DECRETA

Articulo 1º - Transferirse en calidad de donación al “Colegio de Ingenieros de Venezuela” para los fines indicados en la parte motivaste Decreto, la propiedad de una extensión de terreno ubicado en la Urbanización “Guaparo” Municipio San José, Distrito Valencia de este Estado la cual mide ciento veinte metros con noventa centímetros (m. 120.90)de Este a Oste por treinta y tres metros con ocho centímetros (m. 33,08)de Norte a Sur y que se encuentra comprendida entre estos linderos: NORTE, Plaza “Monseñor Montes de Oca”, terreno del Ejecutivo del Estado de por medio, midiendo por este lado ciento veinte metros con noventa centímetros (m. 120,90); SUR, terreno de la señora Belén Gordils de Yanes, midiendo por este lado ciento veinte metros con noventa centímetros (m. 120,90); ESTE, carretera de Valencia a Puerto Cabello, midiendo por este lado treinta y tres metros con ocho centímetros (m. 33,08); y OESTE, Avenida “Gran Paseo” en la Urbanización “Guaparo”, midiendo por este lado treinta y tres metros con ocho centímetros (m. 33,08). Esta extensión de terreno, tiene por tanto una cabida de tres mil novecientos noventa y nueve metros cuadrados con treinta y siete centésimos de metros cuadrados (3.999,37 m2), cada uno de los cuales es estimado en veinticinco bolívares (Bs. 25,00), lo que arroja un avalúo total de NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLIVARES CON VEINTE Y CINCO CENTIMOS (Bs. 99.984,25).
Artículo 2º - Son condiciones de esta donación: Primera – El “Colegio de Ingenieros de Venezuela” debe obligarse a construir en la parcela donada, en el término de DOS (2) AÑOS, a partir de la fecha del registro de la escritura en donde conste la donación, un edificio para sede del “Centro de Ingenieros de Carabobo”. – Segunda – Esta donación quedará sin efecto si el donatario no cumple la obligación de construir el expresado edificio en el término señalado. En este caso quedará resuelta de pleno derecho la donación y la propiedad del terreno se transferiría de nuevo al Estado Carabobo.
Artículo 3º - El Procurador del Estado redactará el correspondiente documento con sujeción a lo establecido en los Artículos precedentes. |