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El Colegio de Ingenieros de Venezuela es un cuerpo moral de carácter público y, como tal, tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, con todos los derechos, obligaciones, poderes y atribuciones que le señala la ley; su sede está en la Capital de la República Bolivariana de Venezuela.


MISIÓN

 

Servir como guardián del interés publico y actuar como asesor del Estado en los asuntos de su competencia, fomentar el progreso de la ciencia y de la técnica, vigilar el ejercicio profesional y velar por los intereses generales de las profesiones que agrupa en su seno y en especial por la dignidad, los derechos y el mejoramiento de sus miembros.

 

Concertando planes presupuestarios integrados a nivel nacional, en los que se practique la solidaridad como medio para superar las situaciones deficitarias presentes en diversas regiones, a fin de implantar las medidas que garanticen la preservación del patrimonio de los agremiamos, mediante mecanismos automatizados de control de gestión y garantizar un pulcro desempeño. Con un estilo gerencial basado en la transparencia, respetando las realidades concretas, nitidez en las relaciones con los agremiados en el ámbito del territorio Nacional.


VISIÓN

Queremos un Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Afines, formado sobre la base de un espacio válido para el desarrollo y crecimiento integral de nuestros profesionales, donde prevalezca el espíritu de solidaridad, respeto a los agremiados y a la Nación Venezolana, con valentía moral en lo institucional, democrático y participativo, que garantice la pulcritud en lo administrativo, fundamentado en una vocación promotora enfocada en la creación de una matriz de opinión sobre los temas más sensibles del país, consolidándonos como el catalizador fundamental en el proceso de desarrollo económico y social, realizándolo bajo el signo de la especialización, permitiendo el surgimiento de un estado promotor, estudioso, incansable de nuestras oportunidades, el cual fortalezca su propia acción en las materias de educación salud y justicia.

OBJETIVOS

El Colegio de Ingenieros de Venezuela tendrá como fines principales los siguientes:

•  Servir como guardián de interés público y actuar como asesor del Estado en los asuntos de su competencia.

•  Fomentar el progreso de la ciencia y de la técnica.

•  Vigilar el ejercicio profesional y velar por los intereses generales de las profesiones que agrupa en su seno y en especial por la dignidad, los derechos y el mejoramiento de sus miembros.

•  No podrá desarrollar actividades de carácter político, partidista o religioso, ni asumir actitudes de la índole expresada.
 

Conforme a los fines anteriormente señalados, corresponden al Colegio de Ingenieros de Venezuela como objetivos generales:

a) Velar permanentemente por los intereses de la colectividad.

b) Gestionar la promulgación o reforma de disposiciones legales relativas al ejercicio profesional, a la colegiación y a otras materias de interés público, cuando así se justifique.

c) Actuar en los asuntos específicos de su competencia como asesor del Estado.

d) Designar a petición de las autoridades administrativas o judiciales, los profesionales que deban actuar en inspecciones oculares y en avalúos y otras experticias en general.

e) Mantener vivo en sus Miembros el espíritu universitario y estimularlo hacia una constante superación.

f) Fomentar el progreso de la cultura, de la ciencia y de la técnica; en especial, prestando su concurso para el mejoramiento de los planes de estudio y el adecuado funcionamiento de facultades, escuelas y de institutos de enseñanza especializada y de investigación y propiciando su creación cuando responda a una legítima necesidad social.

g) Promover las relaciones con otras entidades profesionales, nacionales o extranjeras, que persiguen fines similares.

h) Enaltecer el ejercicio profesional en beneficio de la sociedad, vigilando el cumplimiento de las disposiciones legales que lo rigen, cuidando de la eficiencia de los servicios profesionales, procurando que los cargos públicos que requieren idoneidad técnico-científica sean desempeñados por colegiados de la especialidad correspondiente, y velando por el decoro, la disciplina y la solidaridad entre sus Miembros.

i) Fortalecer el espíritu de colegiación mediante el desarrollo de una firme conciencia profesional y el establecimiento de las más estrechas relaciones profesionales y sociales entre sus Miembros; en particular, orientando la iniciación del profesional novel.

j) Recibir y tramitar ante el órgano competente del Poder Público, las denuncias por infracciones a las disposiciones que rigen el ejercicio profesional sin perjuicio de la iniciativa que reconoce la Ley a otras personas naturales o jurídicas.

k) Dictar y aplicar las normas de ética profesional y gremial, sancionando a sus Miembros por violación de las mismas, de las disposiciones del presente Reglamento Interno, de los Reglamentos orgánicos promulgados por la Asamblea Nacional del Colegio, y de los Reglamentos Especiales, Resoluciones y Acuerdos emanados de los órganos del Colegio, todo ellos sin perjuicio de la decisión que pueda corresponder a la autoridad pública competente.

l) Reconocer, mediante las distinciones que se establezcan, la actuación profesional, gremial y de investigación destacada o meritoria y la colaboración eficaz de los Colegiados para con la Institución.

m) Defender los derechos de los Colegiados en todo cuanto se relacione con el ejercicio profesional y gremial.

n) Servir de mediador o de árbitro a solicitud de las partes en los conflictos entre profesionales y entre éstos y personas naturales o jurídicas en los casos en que lo considere conveniente.

o) Procurar que los Miembros y sus familiares gocen de un nivel de vida decoroso y estable, arbitrando normas y medios eficaces de seguridad y previsión social.

p) Todo lo demás que resulte armónico con los fines que le atribuye la Ley de Ejercicio.



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Publicado en: 2005-03-04 (8449 Lecturas)

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